Reglas claras para preservar el mar

Autoridades diversas, marcos jurídicos incongruentes, decisiones políticas discímiles. Bajo ese contexto la mar no está tan serena frente a las costas de Brasil, Uruguay y Argentina. El Dr. Daniel Sabsay, Director Ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), presentó un informe que analiza cómo está el ordenamiento legal de la región y cómo debería ser para fomentar allí el desarrollo sustentable.

En el marco del ciclo "El mar necesita que lo miren" organizado por CONICET y Ecocentro, el Dr. Sabsay brindó una conferencia acerca del "Modelo del Mar", una investigación sobre el océano Atlántico Sudoccidental en la que colaboró con CONICET y Wildlife Conservation Society.

Sabsay se refirió al trabajo desde la perspectiva de su especialidad, el Derecho Ambiental. Así observó que una profusión de normativas rigen el complejo y frágil ecosistema marino al este de Sudamérica.

Desde la CONVEMAR (Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar) -considerada como la normativa internacional suprema en esta materia- hasta reglamentaciones nacionales y provinciales conviven de manera poco coherente cuando se refieren al mismo océano que ofrece transporte, comunicación, recreación y recursos económicos.


Si bien los convenios internacionales y las leyes ponen de manifiesto la necesidad de cuidar el mar bajo una ética de la sustentabilidad, en lo concreto aún no ofrecen la seguridad jurídica necesaria. Para mejorar este panorama, Sabsay resaltó una serie de recomendaciones que FARN divulgó a través de talleres informativos-educativos destinados a referentes de los distintos sectores sociales.

Para alcanzar una gestión ecosistémica sustentable del mar, Sabsay recalcó ciertos valores, principios y derechos que deberían guiar todas las decisiones políticas de ahora en adelante. Ellos son:
- La promoción del desarrollo, tanto en el aspecto económico como en el social y el ambiental.
- El resguardo de la equidad intergeneracional, es decir no poner en riesgo los recursos para las generaciones futuras.
- La garantía del derecho a un ambiente sano.
- El respeto por el derecho soberano de los Estados de administrar y regular sus recursos naturales.
- El fomento de la solidaridad, la cooperación y la responsabilidad en todas las relaciones entre los individuos y para con la naturaleza.
- El fortalecimiento de una democracia participativa.

En cuanto al ámbito exclusivamente jurídico, Sabsay propuso la creación de un acuerdo regional, ya que no existe, que determine autoridades y atribuciones claras consensuadas entre los Estados ribereños y los no ribereños que se ven afectados (como por ejemplo Paraguay u otros países lejanos que pescan en las aguas australes en cuestión).

Asimismo, las leyes y reglamentaciones deberían contemplar los principios de prevención (ante la certeza de un daño) y precaución (ante la posibilidad de un daño) para atender a las causas en lugar de los efectos y evitar acciones reparatorias más costosas en todos los sentidos.

Por último concluyó que sin una voluntad política que lleve, concrete y promueva una conciencia ambiental, cualquier cambio deseado será imposible.

SECCIÓN: Derecho Ambiental/ Encuentros, congresos, etc./ Bioma acuático


Comentarios

Anónimo dijo…
Sumamente interesante, como su blog. Voy a subscribirme a su RSS y poner un enlace con su blog en mi site. Espero que tengan la oportunidad visitar a mi blog sobre temas de ley/politica ambiental en America Latina; ?talvez pueden Uds. contribuir un articulo algun dia?(no importa si en espanol o en ingles)
Atentamente, Keith R