El Superior Tribunal de Justicia de Chaco confirmó una medida cautelar que limita las fumigaciones aéreas y terrestres cerca de viviendas, escuelas y cursos de agua. Es un respaldo a los vecinos que –afectados por un notable aumento de cáncer y malformaciones congénitas– presentaron un recurso de amparo contra empresas arroceras, los gobiernos municipales de La Leonesa y Las Palmas y autoridades provinciales y nacionales.
La decisión judicial se basó en el principio precautorio que implica que aunque no se comprobó ni se descartó que el uso de agroquímicos sea el causante de las enfermedades, primó la defensa de la salud de la población y del ambiente frente a la posibilidad de un daño irreversible. La noticia sienta precedente sobre cómo poner en práctica el desarrollo sustentable en oposición a la producción extractivista, considerando que hay más comunidades con problemas similares.
Según destacó el periodista Darío Aranda en Página 12 ayer, “fija límites inéditos para las fumigaciones: a mil metros de viviendas y escuelas, si son aspersiones terrestres, y a dos mil metros para las aéreas”. A su vez, “el máximo tribunal chaqueño protegió, también por primera vez en esta instancia, los cursos de agua”.
El Tribunal aplicó la Ley 25.675 que Página 12 citó: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”. El hincapié está puesto en la responsabilidad comunitaria por encima de los intereses comerciales particulares.
La restricción atañe principalmente a los arrozales de la región, pertenecientes a las empresas San Carlos SRL y Cancha Larga SA, que utilizan dos agroquímicos de uso masivo en los cultivos del país: el glifosato y el endosulfán, este último prohibido recientemente en la Argentina en un plan gradual a partir del año que viene.
Cronología de la lucha. La sentencia respalda así dos fallos que dieron lugar al recurso de amparo que presentaron los vecinos en enero de 2010 y que fueron apelados por las empresas arroceras y los gobiernos municipales.
Aranda recordó que “en abril de ese año, un informe oficial de la Comisión de Investigación de Contaminantes del Agua del Chaco reveló que, en sólo una década, los casos de cáncer en niños se triplicaron y las malformaciones en recién nacidos aumentaron 400%. Los casos de cáncer estaban focalizados justamente en La Leonesa.”
Dicho informe advirtió que “este incremento de la casuística coincide con la expansión de la frontera agrícola, vulnerando la salud de la población, debido a que las prácticas y técnicas de cultivo incluyen pulverizaciones aéreas con herbicidas cuyo principio activo es el glifosato y otros agrotóxicos”.
Ahora y visto en retrospectiva, Laura Mazzitelli, una de las madres afectadas cuyo hijo padeció leucemia a los 2 años, dijo a Página 12: “La Justicia nos dio la razón por tercera vez. Fue todo muy largo, difícil, pero demostramos que peleando se consigue justicia, se pueden frenar esos venenos que enferman a nuestros hijos”.
Links de interés:
Norma Giarracca: "Hay que salir del modelo extractivista" (17/4/2011)
Otra vez arroz: La Leonesa, también frente a los agrotóxicos que contaminan el agua (27/4/2011)
Plaguicidas agrícolas: con los niños No (16/8/2011)
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Alertas focalizadas. Imagen: REDUAS |
Según destacó el periodista Darío Aranda en Página 12 ayer, “fija límites inéditos para las fumigaciones: a mil metros de viviendas y escuelas, si son aspersiones terrestres, y a dos mil metros para las aéreas”. A su vez, “el máximo tribunal chaqueño protegió, también por primera vez en esta instancia, los cursos de agua”.
El Tribunal aplicó la Ley 25.675 que Página 12 citó: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”. El hincapié está puesto en la responsabilidad comunitaria por encima de los intereses comerciales particulares.
La restricción atañe principalmente a los arrozales de la región, pertenecientes a las empresas San Carlos SRL y Cancha Larga SA, que utilizan dos agroquímicos de uso masivo en los cultivos del país: el glifosato y el endosulfán, este último prohibido recientemente en la Argentina en un plan gradual a partir del año que viene.
Cronología de la lucha. La sentencia respalda así dos fallos que dieron lugar al recurso de amparo que presentaron los vecinos en enero de 2010 y que fueron apelados por las empresas arroceras y los gobiernos municipales.
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Fuente: REDUAS |
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En millones de litros, en Argentina. Fuente: RAP-AL |
Cuatro meses más tarde, el intendente de La Leonesa, José Carbajal, y su esposa, la diputada provincial Elda Insaurralde, impidieron la presentación de los científicos Andrés Carrasco, investigador de la UBA y el CONICET, y Hugo Lucero, Jefe del Área de Bioquímica Molecular de la Universidad Nacional del Noreste, que exponían los casos relevados en esa población de 10.000 habitantes e investigaciones en laboratorio sobre los efectos nocivos del glifosato y el endosulfán. El incidente despertó acciones políticas en repudio y en defensa de este acto de censura.
Ahora y visto en retrospectiva, Laura Mazzitelli, una de las madres afectadas cuyo hijo padeció leucemia a los 2 años, dijo a Página 12: “La Justicia nos dio la razón por tercera vez. Fue todo muy largo, difícil, pero demostramos que peleando se consigue justicia, se pueden frenar esos venenos que enferman a nuestros hijos”.
Links de interés:
Norma Giarracca: "Hay que salir del modelo extractivista" (17/4/2011)
Otra vez arroz: La Leonesa, también frente a los agrotóxicos que contaminan el agua (27/4/2011)
Plaguicidas agrícolas: con los niños No (16/8/2011)
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